El origen de este libro se remonta a una invitación formulada por mi querido compañero Miguel Bajo Fernández para que yo dictase una ponencia sobre la protección penal de los secretos de empresa en una de las prestigiosas ?Mesas redondas de Derecho y Economía? que él viene organizando desde hace uno...
El origen de este libro se remonta a una invitación formulada por mi querido compañero Miguel Bajo Fernández para que yo dictase una ponencia sobre la protección penal de los secretos de empresa en una de las prestigiosas ?Mesas redondas de Derecho y Economía? que él viene organizando desde hace unos años, ponencia que impartí el 18 de septiembre de 2008 en el Colegio de Abogados de Madrid. Dado que yo no había trabajado en profundidad esta familia delictiva ?sino sólo en la forma superficial que es propia de un Manual dirigido a los alumnos?, tuve que dedicar bastantes horas de estudio a una materia que, a medida que iba adentrándome en ella, me ofrecía continuamente nuevos aspectos controvertidos. \ Ciertamente, cuando comencé dicho estudio existía ya un significativo número de trabajos e incluso dos importantes monografías, la de Esther Morón Lerma (que conocía muy bien, al ser el fruto de una excelente tesis doctoral, que tuve el honor de enjuiciar en su día como miembro del correspondiente tribunal) y la de Mª del Mar Carrasco Andrino. Con todo, estos libros no abordaban de forma completa la materia jurídico-penal del secreto de empresa: el segundo de ellos se centra básicamente en el análisis de la figura delictiva del art. 279; por su parte, el de MORÓN, si bien ofrece un exhaustivo estudio de lo que puede denominarse teoría general del secreto de empresa, con un pormenorizado tratamiento del bien jurídico y del objeto material de estos delitos, después se circunscribía a un examen de las acciones típicas de los delitos, sin ofrecer, por lo demás, un análisis global y sistemático de las peculiaridades típicas de los delitos de los arts. 279 y 280. Por otro lado (y este dato cobraba más relevancia para la decisión de profundizar en mi estudio) en ambas monografías se mantienen algunos puntos de vista sobre aspectos esenciales de estos delitos que yo no compartía.
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