El tema de las reclamaciones entre familiares, especialmente entre cónyuges, excónyuges y parejas de hecho, es, sin lugar a duda, uno de los más apasionantes que tiene, hoy en día planteado el derecho de familia. Poco a poco, como no podía ser menos, se va abriendo paso la idea de que son factibles ...
El tema de las reclamaciones entre familiares, especialmente entre cónyuges, excónyuges y parejas de hecho, es, sin lugar a duda, uno de los más apasionantes que tiene, hoy en día planteado el derecho de familia. Poco a poco, como no podía ser menos, se va abriendo paso la idea de que son factibles las indemnizaciones entre familiares, siempre que haya habido lugar a un daño en uno de los consortes y ese daño haya sido causado por el otro consorte injustamente. Se abre paso, así, en nuestro Ordenamiento Jurídico-civil esta posibilidad y cabe esperar que, de cara al futuro próximo, nuestrajurisprudencia se ocupe del tema y siente doctrina, algo que ahora, tímidamente., ya se está comenzando a hacer.
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