La regulación de las enseñanzas de Educación para la Ciudadanía ha protagonizado uno de los debates más intensos en la educación española durante los últimos años. No en vano, podemos afirmar que, de entre todas las manifestaciones que hayan podido realizarse sobre el sistema que contiene la actual ...
La regulación de las enseñanzas de Educación para la Ciudadanía ha protagonizado uno de los debates más intensos en la educación española durante los últimos años. No en vano, podemos afirmar que, de entre todas las manifestaciones que hayan podido realizarse sobre el sistema que contiene la actual Ley Orgánica de Educación, la objeción de conciencia a cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía es la más significativa. Buena prueba de ello es la falta de conexión entre las diferentes concepciones que existen en torno a este bloque de conocimiento entre los diferentes agentes de la comunidad educativa. Una falta de conexión que está suficientemente acreditada tanto por el diferente sentido de las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia sobre la posibilidad de objetar a esta materia, como por las divergencias que ha provocado la implantación de la misma. Ante esta situación, fue el Tribunal Supremo el que estableciera unas directrices unitarias sobre el régimen jurídico de Educación para la Ciudadanía, denegando la posibilidad de objetar a recibir estas enseñanzas y reafirmando además la validez de los contenidos de las mismas. Pero el pronunciamiento del Alto Tribunal no hizo sino acrecentar la incertidumbre de los padres y asociaciones de objetores que no han cesado de perseguir la exclusión de Educación para la Ciudadanía de nuestro sistema educativo, aunque hasta el momento tan solo hayan sido modificados ciertos contenidos curriculares en el verano de 2012.
Sin embargo, todavía hoy, a pesar de que la que previsiblemente será la nueva norma rectora de la Educación española, ha suprimido estas enseñanzas de los diferentes niveles educativos, podemos afirmar que los interrogantes planteados en torno a estas asignaturas aún no han recibido una solución. Y es que, las dudas sobre su regulación actual, generadas incluso en el colectivo objetor, los centenares de recursos interpuestos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los admitidos a trámite por el Tribunal Constitucional, así como las reacciones de quienes sí consideraban a Educación para la Ciudadanía como un instrumento esencial para la formación en valores evidencian no solo que el debate sigue estando activo, sino que son demasiadas las cuestiones pendientes para que el mismo pueda darse por finalizado .
Rafael Valencia Candalija, Doctor en Derecho y Premio Extraordinario de Doctorado por la Universidad de Extremadura, es Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado en la Facultad de Derecho de dicha Universidad. Es autor de diferentes publicaciones relacionadas con el desarrollo de los Acuerdos de Cooperación con las confesiones religiosas en materias como la enseñanza, la financiación o el patrimonio histórico artístico. Además, participa en diferentes proyectos de investigación nacional y autonómicos sobre el reconocimiento y protección del derecho fundamental de libertad religiosa en el ámbito estatal y autonómico.
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