Durante la Alta Edad Media y tras la caída del Imperio Romano, el poder político de los nuevos reinos reduce sus funciones a aspectos mínimos, tales como seguridad y defensa. Además, el poder se patrimonializa, desplazándose hacia los latifundios rurales, lo cual fue el origen del sistema feudal. En...
Durante la Alta Edad Media y tras la caída del Imperio Romano, el poder político de los nuevos reinos reduce sus funciones a aspectos mínimos, tales como seguridad y defensa. Además, el poder se patrimonializa, desplazándose hacia los latifundios rurales, lo cual fue el origen del sistema feudal. En la cúspide de ese poder se posiciona el Rey, titular teórico de todos los escasos poderes existentes, jefe máximo del ejército y juez supremo. Los límites más importantes a su poder los encuentra en la ausencia de normas que lo sustenten, ya que se trata de un poder fáctico y, por otra parte, en que ha de ser asistido por una Asamblea estamental de carácter nobiliario y eclesiástico, denominada Aula Regia (Avla Regis) en la época del Reino visigodo de Toledo (507/711) y, posteriormente, Curia Regia (Cvria Regis) en los primeros reinos cristianos surgidos frente al poder musulmán. Se trataba de una sociedad estática y de economía esencialmente agrícola y ganadera, en la que la concepción del sistema de normas es de carácter teocrático. Dios y las normas son dos ideas inseparablemente unidas en el pensamiento medieval. Toda norma proviene de Dios, el cual a su vez es el sumo juez, que traslada ese poder al Rey, como representante suyo en la tierra.
Cap. I.—Antecedentes históricos del control de los gastos del Estado en España FRANCISCO GARCÍA-FRESNEDA GEA Cap. II.—Los principios constitucionales del gasto público y la estabilidad presupuestaria JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ GALIANA Cap. III—La transparencia y el control en el gasto público como fundamento en la relación entre un gobierno democrático y sus ciudadanos LUIS MOCHÓN LÓPEZ Cap. IV.—La reforma del artículo 135 de la Constitución Española como medio de control del gasto público JUAN JESÚS MARTOS GARCÍA Cap. V.—La intervención general de la Administración del Estado y el control interno del gasto público FERNANDO PIN TAMAYO y VÍCTOR GUZMÁN DEL PINO Cap. VI.—El Tribunal de Cuentas y el control del gasto público M.ª DOLORES GENARO MOYA Cap. VII.—El control del gasto público en las Comunidades Autónomas ROSARIO PALLARÉS RODRÍGUEZ Cap. VIII.—El control del gasto público en las Entidades Locales MARÍA JOSÉ FERNÁNDEZ PAVÉS Cap. IX.—Sobre el control financiero de las subvenciones públicas DANIEL CASAS AGUDO Cap. X.—El control del sector público empresarial MARÍA JESÚS GARCÍA-TORRES FERNÁNDEZ Cap. XI.—Financiación de los partidos políticos y su control MIGUEL CRESPO MIEGIMOLLE Cap. XII.—Los gastos públicos sin asignación presupuestaria M.ª DEL CARMEN MORÓN PÉREZ Cap. XIII.—La protección del gasto público en el Código Penal. El delito de malversación de fondos públicos MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ ROBERT
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