El objeto de estudio tiene lugar dentro del contexto de las actuaciones anulatorias de actos administrativos: la denominada por doctrina y jurisprudencia como acción de nulidad. Pese a los ya varios años que la figura se encuentra prevista en el ordenamiento, se sigue echando en falta una regulación...
El objeto de estudio tiene lugar dentro del contexto de las actuaciones anulatorias de actos administrativos: la denominada por doctrina y jurisprudencia como acción de nulidad. Pese a los ya varios años que la figura se encuentra prevista en el ordenamiento, se sigue echando en falta una regulación clara que sea acorde con su verdadera naturaleza jurídica, la que, según se defenderá en este trabajo, es la de un recurso administrativo extraordinario. En efecto, su naturaleza es la propia de los recursos administrativos, ciertamente no ordinarios, sino más bien y en todo caso, extraordinario, que el administrado interesado podrá interponer de manera extraordinaria cuando se trate de un acto nulo de pleno derecho y se cumpla, además, con los requisitos exigidos por la ley.
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