• INSTRUMENTOS PROCESALES EN LA UNION EUROPEA

    CARRILLO POZO, L. F. / ELVIRA BENAYAS, M. COMARES Ref. 9788490450246 Ver otros productos de la misma colección Ver otros productos del mismo autor
    La historia de la elaboración de las normas de derecho internacional privado en la UE es la de cómo una primera opción —plenamente consciente— se encuentra preñada de corolarios implícitos pero seguramente no intuidos en 1957. En efecto, el viejo art. 220 del Tratado constitutivo de la Comunidad Eco...
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    20,00 €
  • Descripción

    • ISBN / EAN : 978-84-9045-024-6
    • Encuadernación : RÚSTICA
    • Fecha de edición : 04/02/2013
    • Año de edicion : 0
    • Idioma : CASTELLÀ
    • Autores : CARRILLO POZO, L. F. / ELVIRA BENAYAS, M.
    • Número de páginas : 0
    • Colección : CIENCIA JURÍDICA Y DERECHO INTERNACIONAL
    La historia de la elaboración de las normas de derecho internacional privado en la UE es la de cómo una primera opción —plenamente consciente— se encuentra preñada de corolarios implícitos pero seguramente no intuidos en 1957. En efecto, el viejo art. 220 del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea se limitaba a reclamar de los Estados que entablaran negociaciones, en tanto que fuera necesario, para simplificar las formalidades de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y laudos arbitrales a fin proporcionar a los ciudadanos comunitarios un marco para una protección jurídica suficiente, como instrumento para alcanzar un mercado interior cohesionado, ya que se así evitarían las posibles perturbaciones provocadas por la distintas regulaciones procesales nacionales.


    INTRODUCCIÓN .

    CAPÍTULO I
    EL REGLAMENTO SOBRE NOTIFICACIÓN Y TRASLADO
    DE DOCUMENTOS JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES

    1. Los presupuestos constitucionales .
    2. El reglamento sobre notificaciones: La superación del sistema de La Haya .
    3. Ámbito de aplicación (art. 1) .
    3.1. Actos objeto de traslado .
    3.2. Domicilio del destinatario .
    3.3. Materias .
    3.4. Territorio .
    3.5. Entrada en vigor .
    4. Supuestos de rechazo de una solicitud de notificación o traslado (art. 6) .
    5. Infraestructura orgánica (art. 2) .
    6. Medios de transmisión .
    6.1. Comunicaciones entre organismos (arts. 4 ss.) .
    6.1.1. Reglas de uso de los formularios .
    6.1.2. Práctica de la notificación en España: El monopolio de la oficina judicial .
    6.2. Notificación por conducto diplomático o consular (arts. 12 y 13) .
    6.3. La comunicación por medio del servicio postal (art. 14) .
    6.4. Comunicación directa (art. 15) .
    7. Régimen lingüístico: la traducción de los documentos (art. 8) .
    7.1. ¿Hay que traducir? El abuso de la traducción .
    7.2. Traducción en casos de entrega por mecanismos diferentes a la comunicación entre organismos .
    7.3. Rechazo de los documentos y devolución .
    7.4. Régimen de la subsanación: Cómo y hasta cuándo .
    7.5. Aportación de documentos no traducidos .
    7.6. Alcance material de la obligación de traducir .
    7.7. Pago de los gastos derivados de la traducción .
    8. Plazo de entrega y posibilidad de cumplimiento tardío (art. 7)) .
    9. El sistema de doble fecha (art. 9) .
    10. Cómputo de los plazos (art. 7. 1 in fine) .
    11. La rebeldía del demandado y la exención de los plazos de recurso (art. 19) .
    11.1. Incomparecencia del demandado .
    11.2. Rescisión de resoluciones firmes .
    12. El coste del servicio y el derecho de asistencia jurídica gratuita (art. 11) .
    13. Notificaciones extrajudiciales (art. 16)
    13.1. Imperatividad del reglamento .
    13.2. Mecanismos de comunicación .
    13.3. Garantías: Traducción y fechas .

    CAPÍTULO I
    EL REGLAMENTO SOBRE OBTENCIÓN DE PRUEBAS

    1. Cuestiones preliminares .
    1.1. ¿Prueba o material probatorio? .
    1.2. Uso facultativo o preceptivo de los instrumentos para la obtención de pruebas en el extranjero .
    1.3. Supuestos de obtención de pruebas en el extranjero. Normas aplicables .
    1.3.1. Mecanismos en el ordenamiento español de cooperación jurisdiccional internacional .
    1.3.2. Mecanismos alternativos a la cooperación judicial internacional: uso de las normas sobre competencia judicial internacional, notificación internacional y reconocimiento y ejecución de las resoluciones judiciales para cuestiones relativas a la prueba .
    2. El Reglamento 1206/2001 sobre obtención de pruebas en el extranjero .
    2.1. Proceso de elaboración y principios informadores .
    2.2. Ámbito de aplicación .
    2.2.1. Solicitud de una diligencia de prueba .
    2.2.1.1. Medidas de aseguramiento de prueba y prueba anticipada: El asunto St Paul Dairy .
    2.2.1.2. Diligencias preliminares .
    2.2.1.3. Pre-trial discovery .
    2.2.2. Órgano jurisdiccional .
    2.2.3. Que el órgano jurisdiccional pertenezca a un Estado miembro .
    2.2.4. Materia civil o mercantil .
    2.2.5. Destinada a un proceso incoado o que vaya a iniciarse .
    2.3. Mecanismos para la obtención y práctica de pruebas en el extranjero.
    2.3.1. Mecanismos de cooperación judicial.
    2.3.1.1. Solicitud de la práctica de una prueba por el Estado requirente .
    2.3.1.1.1. Reglas generales .
    2.3.1.1.2. Solicitud por un tribunal español .
    2.3.1.2. Práctica de la prueba por el Estado requerido .
    2.3.1.2.1. En general .
    2.3.1.2.2. Ejecución por un juez español de una prueba solicitada al amparo del Reglamento 1206/2001 .
    2.3.2. Obtención directa de pruebas: art. 17 .
    2.3.2.1. En general .
    2.3.2.2. Obtención directa de pruebas por un juez español .
    2.3.2.3. Obtención directa de pruebas en España .
    2.3.3. Práctica de las diligencias de prueba mediante videoconferencia o teleconferencia .
    2.3.3.1. En general .
    2.3.3.2. Práctica de una prueba mediante videoconferencia o teleconferencia en España .
    2.3.3.3. Solicitud de prueba para su práctica mediante videoconferencia solicitada por un juez español .

    INDICE ANALÍTICO DE MATERIAS .

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