La entrada en vigor del Tratado de Lisboa de 13 de diciembre de 2007, tras el escollo irlandés y el que por sorpresa se planteó posteriormente con la República Checa, incluyendo la que consideramos lamentable posición adoptada hasta el final por su Presidente 1, un 1 de diciembre de 2009, es decir, ...
La entrada en vigor del Tratado de Lisboa de 13 de diciembre de 2007, tras el escollo irlandés y el que por sorpresa se planteó posteriormente con la República Checa, incluyendo la que consideramos lamentable posición adoptada hasta el final por su Presidente 1, un 1 de diciembre de 2009, es decir, un mes antes de que España asuma la Presidencia de la Unión (1 de enero a 30 de junio de 2010), va a forzar a nuestro país a tener que impulsar la adaptación del sistema institucional de la Unión y su funcionamiento a las previsiones del Tratado de Lisboa. De particular interés resulta a estos efectos las decisiones que deban tomarse sobre las instituciones clave en el proceso decisorio de la Unión Europea, el Consejo Europeo y el Consejo de una parte más la Comisión y el Parlamento Europeo de otra; así como, en particular, respecto de los que el Programa oficial de la Presidencia española ha llamado «los nuevos Altos Cargos» de la Unión, el Presidente del Consejo Europeo y la Alta Representante para Asuntos Exteriores y la Política de Seguridad 2.
ABREVIATURAS .
Primera parte EL TRATADO DE LISBOA Y EL SISTEMA INSTITUCIONAL DECISORIO DE LA UNIÓN
1. CONSEJO Y CONSEJO EUROPEO . 1.1. El Consejo Europeo . 1.2. El Consejo de la Unión . 2. ADAPTACIÓN DE LA COMISIÓN Y PARLAMENTO EUROPEO AL SISTEMA PREVISTO EN EL TRATADO DE LISBOA . 2.1. La Comisión . 2.2. El Parlamento Europeo . 3. LA «COMITOLOGÍA» .
Segunda parte HACIA UNA UNIÓN EUROPEA MÁS CERCANA AL CIUDADANO
4. LOS PARLAMENTO NACIONALES EN EL TRATADO DE LISBOA (2007) . 4.1. Los Protocolos 1 y 2 . 4.2. Sus otras competencias . 5. EL DERECHO DE INICIATIVA CIUDADANA .
Tercera parte HACIA UNA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN MÁS «VISIBLE»
6. EL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR . 7. LA PERSONALIDAD JURÍDICA INTERNACIONAL DE LA UNIÓN EUROPEA .
Cuarta parte DOS CUESTIONES, ACASO, PARA EL FUTURO
8. ¿LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS OP-OUT A FAVOR DE IRLANDA Y/O CHEQUIA HUBIESEN EXIGIDO UNA NUEVA RATIFICACIÓN DEL TRATADO POR PARTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS QUE YA LO HABÍAN RATIFICADO? . 9. ¿HUBIESEN PODIDO LOS ESTADOS MIEMBROS RATIFICANTES YA DEL TRATADO DE LISBOA SEGUIR ADELANTE CON ÉL EN EL CASO EN QUE ALGUNO DE LOS MIEMBROS NO LO HUBIESEN HECHO? .
Quinta parte ÚLTIMA
10. CONSIDERACIÓN FINAL . 11. BIBLIOGRAFÍA .
Este sitio web almacena datos como cookies para habilitar la funcionalidad necesaria del sitio, incluidos análisis y personalización. Puede cambiar su configuración en cualquier momento o aceptar la configuración predeterminada.
Las cookies necesarias ayudan a hacer una página web utilizable activando funciones básicas como la navegación en la página y el acceso a áreas seguras de la página web. La página web no puede funcionar adecuadamente sin estas cookies.
Personalización
Las cookies de personalización permiten a la página web recordar información que cambia la forma en que la página se comporta o el aspecto que tiene, como su idioma preferido o la región en la que usted se encuentra.
Análisis
Las cookies estadísticas ayudan a los propietarios de páginas web a comprender cómo interactúan los visitantes con las páginas web reuniendo y proporcionando información de forma anónima.
Marketing
Las cookies de marketing se utilizan para rastrear a los visitantes en las páginas web. La intención es mostrar anuncios relevantes y atractivos para el usuario individual, y por lo tanto, más valiosos para los editores y terceros anunciantes.