La existencia del Derecho Administrativo es. en cieno modo, milagrosa. La actividad de los particulares está regulada por un derecho que se les impone desde el exterior y el respeto de los derechos y obligaciones que lleva consigo está bajo la autoridad y la sanción de un poder extemo y superior: el...
La existencia del Derecho Administrativo es. en cieno modo, milagrosa. La actividad de los particulares está regulada por un derecho que se les impone desde el exterior y el respeto de los derechos y obligaciones que lleva consigo está bajo la autoridad y la sanción de un poder extemo y superior: el del listado. Pero resulta extraño que el lisiado acepte voluntariamente considerarse obligado por la ley.
Está en la naturaleza de las cosas el que un Estado crea, de buena fe. estar investido de poder para decidir discrecional mente sobre el contenido y las exigencias del interés general. Es necesario que se violente a sí mismo para considerarse obligado a permanecer en los cauces de un derecho que le dicta determinadas formas de conducta y le prohibe otras. Con mayor razón aún debe reputar como poco normal que sus decisiones tengan que someterse a la censura de un juez: ¿por qué razón este último, irresponsable, es menos susceptible de equivocación que el hombre que ocupa los lugares de mando y que es responsable de sus actos?
Hoy día estamos, ciertamente, acostumbrados a ver al Estado limitado en el derecho y sometido al control jurisdiccional; para apreciar en su justo valor este estado de cosas es necesario que de vez en cuando se produzca una reacción gubernamental un poco viva, que se salga de lo que es habitual. Es imprescindible, por otra parte, no olvidar las lecciones de la Historia: la conquista del Estado por el Derecho es relativamente reciente y no está aún uni\ ersalmcnte alcanzada.
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