La Ley 8/2007 y el vigente TRLSRU de 2015, junto con el Reglamento de Valoraciones de 2011, han supuesto un verdadero cambio de paradigma en los criterios de valoración del suelo a efectos expropiatorios. Frente a la visión economicista orientada al mercado que representó la Ley 6/1998, hoy se ha op...
Colección :MONOGRAFÍA - REVISTA DERECHO URBANISTICO
La Ley 8/2007 y el vigente TRLSRU de 2015, junto con el Reglamento de Valoraciones de 2011, han supuesto un verdadero cambio de paradigma en los criterios de valoración del suelo a efectos expropiatorios. Frente a la visión economicista orientada al mercado que representó la Ley 6/1998, hoy se ha optado por unos criterios objetivados caracterizados por la incorporación de fórmulas procedentes de las matemáticas financieras.
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