• DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO FORAL VASCO. INTRODUCCIÓN A LA PARTE ESPECIAL

    PÉREZ BASCONCILLOS, DAVID DYKINSON Ref. 9788411709958 Ver otros productos del mismo autor
    El Derecho Financiero y Tributario es una rama del Derecho en continuo cambio y transformación. Ello es, si cabe, más acusado en la denominada parte especial, que es sobre la que versa esta obra. La asunción del reto de escribir una obra sobre la parte especial del Derecho Financiero y Tributario fo...
    Ancho: 170 cm Largo: 240 cm Peso: 250 gr
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    49,00 €
  • Descripción

    • ISBN / EAN : 978-84-1170-995-8
    • Encuadernación : RÚSTICA
    • Fecha de edición : 01/02/2024
    • Año de edicion : 2024
    • Idioma : CASTELLÀ
    • Autores : PÉREZ BASCONCILLOS, DAVID
    • Número de páginas : 446
    El Derecho Financiero y Tributario es una rama del Derecho en continuo cambio y transformación. Ello es, si cabe, más acusado en la denominada parte especial, que es sobre la que versa esta obra. La asunción del reto de escribir una obra sobre la parte especial del Derecho Financiero y Tributario foral vasco no puede considerarse completa sin el compromiso de actualizar su contenido cada año, para recoger las novedades relevantes que las instituciones forales introducen en las normativas de los principales impuestos que componen el sistema tributario foral vasco.

    El grado de intensidad de las novedades en los principales impuestos es variable de unos años a otros. Por lo que respecta a las instituciones forales, 2023 no ha sido un año significativo en esas novedades. En efecto, ha sido un año de elecciones en el que se han conformado los nuevos gobiernos de las Diputaciones Forales. Y es conocido que normalmente un año de elecciones no suele ser un año propicio para grandes cambios normativos.

    Sin perjuicio de ello y del enfoque limitado de esta obra, su contenido ha debido ser actualizado para recoger determinadas modificaciones, las cuales se pueden clasificar en dos categorías. La primera de ellas es la que se refiere a las actualizaciones más o menos “automáticas” de cada año. La segunda categoría se refiere a la prórroga de determinadas medidas ya tomadas el año pasado relacionadas con la compensación de los efectos adversos causados por la crisis energética y la alta inflación experimentadas por la economía. Entre las que se han denominado “actualizaciones automáticas” se puede citar, en primer término, la publicación de los nuevos coeficientes de actualización del coste de adquisición que afecta, principalmente, a las ganancias o pérdidas patrimoniales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) puestas de manifiesto por la transmisión de elementos patrimoniales en el ejercicio 2023. Además, se ha deflactado en un 2% la escala de gravamen sobre la base imponible general y se han actualizado también en un 2% las cuantías fijas incorporadas a la normativa del IRPF: reducción por tributación conjunta, minoración general de la cuota íntegra y deducciones familiares y personales. A estas deducciones les afecta, además, las referencias normativas que se realizan al salario mínimo interprofesional (SMI), fijado para el el año 2023 en 15.120 euros brutos anuales, frente a los 14.000 euros brutos anuales del año 2022. Y ello también tiene incidencia sobre la deducción por creación de empleo del Impuesto sobre Sociedades. Todas estas modificaciones, aunque no sean propiamente de excesivo calado, suponen la necesidad de actualizar cuantitativamente los prolijos ejemplos y casos prácticos incorporados en la obra.

    En cuanto a la prórroga de ciertas medidas coyunturales, se puede destacar el mantenimiento para el año 2023 de la minoración extraordinaria de 200 euros sobre la cuota íntegra general del IRPF para determinados contribuyentes, la compensación tributaria del 15% a las microempresas en el Impuesto sobre Sociedades, o, en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, la subsistencia hasta el final del año 2023 de los tipos impositivos del 5% para ciertos suministros energéticos de luz y gas o del tipo impositivo del 0% para los productos de alimentación básica.

    Como novedad normativa más destacada del ejercicio habría que referirse a la adopción en el ámbito foral del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), ya existente en territorio común desde el pasado año 2022. Sin embargo, por las características propias del nuevo impuesto y su confluencia con el vigente Impuesto sobre el Patrimonio, su previsible impacto cuantitativo se antoja muy limitado en el ámbito foral, tanto en número de contribuyentes afectados como en volumen de recaudación a proporcionar a las instituciones forales. En el nuevo Anexo 11 de esta obra se exponen los aspectos más significativos del ITSGF.

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